El Centro de Formación Profesional SIGLERse acoge a la Resolución de 24 de abril de 2020, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional por la que se adoptan medidas excepcionales referidas a la flexibilización de determinados aspectos de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo referente a la FCT:
CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR
1. Con carácter excepcional, durante el presente curso 2019-2020, se podrá reducir la duración del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) al mínimo de horas contempladas en los Reales Decretos que regulan cada título y sus enseñanzas mínimas: 220 horas en grado medio y superior.
2.- Se integran los módulos de FCT y de Proyecto. Este módulo integrará los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluación del módulo de FCT, y los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluación del módulo profesional del Proyecto establecido en el desarrollo curricular de cada título.
3.- La realización integrada de ambos ocupará una duración total de 245 horas, que corresponde al conjunto de horas contempladas para estos módulos en los reales decretos de cada título.
4.- La evaluación de estos módulos y su constancia en los documentos de evaluación se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.3 del Real Decreto 1147/2011.
5.-Como resultado de la realización integrada de ambos módulos y de su evaluación, la calificación del módulo de Proyecto se expresará de manera numérica, entre uno y diez, sin decimales. La calificación del módulo profesional de Formación en centros de trabajo se calificará como “apto” o “no apto” y no se tendrá en cuenta para calcular la nota media del expediente académico
6.- La evaluación del módulo de FCT, cuando se realice de acuerdo a lo dispuesto en los apartados anteriores, no requerirá la colaboración de la figura del tutor de empresa.
CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO
1.- Excepcionalmente, durante el curso 2019-2020, para facilitar la titulación del alumnado en el período ordinario y la continuidad de su itinerario formativo, se modifica el currículo de los ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional y
2.- En cada ciclo formativo se incorpora un módulo de Proyecto, que se regirá, de igual forma que en los ciclos de grado superior, por lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo, con una duración de 20 horas.
3.-. El alumnado realizará un único módulo integrado de Proyecto y Formación en Centros de Trabajo. La duración de ese módulo integrado en los ciclos formativos de grado medio será de 240 horas.
4.-La superación del módulo integrado quedará evaluada y calificada en los documentos de evaluación en el módulo correspondiente a Formación en Centros de Trabajo, como “apto” o “no apto”.